Actualmente es mayormente aceptado clasificar los derechos humanos únicamente en:
Civiles: Un derecho civil es un derecho exigible, que permite un recurso si se produce una violación del mismo. Estos derechos se entienden comúnmente como una garantía de igualdad de oportunidades sociales y de protección, independientemente de la raza, la religión, el género u otras características. Algunos ejemplos son: el derecho al voto, a un juicio justo, a la educación y a los servicios gubernamentales. Estos derechos son importantes para una democracia y lo deseable es que los gobiernos democráticos los respeten y los apliquen.
Económicos: El derecho económico es una rama del derecho cuyas normas jurídicas establecidas tienen por objeto organizar, disciplinar y controlar las facultades administrativas de la administración pública e impulsar los emprendimientos en la administración privada.
Sociales: Los derechos sociales fundamentales, que más tarde dieron origen a lo que se llamó Estado Social, se pueden resumir así: Derecho a un empleo y a un salario justo. Derecho a la protección social en casos de necesidad (seguridad social, bajas laborales, desempleo, jubilación, maternidad, etc.). Derecho a la vivienda.
Culturales: Son fundamentalmente derechos humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación. Son derechos relacionados con el arte y la cultura, entendidos en una amplia dimensión.
Ambientales: Conjunto de normas jurídicas que regulan los comportamientos humanos que pueden alterar directa o indirectamente el medio ambiente y que tienen por objeto prevenir y remediar las perturbaciones que alteran su equilibrio.
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